MEDIDAS ESPECIFICAS EN EL AMBITO DEL ESTADO DE ALARMA PARA CASTILLA LA MANCHA

29 Oct 2020 / DOCM

Este decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del día 30 de octubre y mantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma. Sus disposiciones serán objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria y, en virtud de ello, podrán ser modificadas o dejadas sin efectos.